El divorcio sobre todo cuando tienes hijos suele ser un proceso más o menos largo y desagradable, aunque sea de mutuo acuerdo, supone la ruptura de una familia que estabais creando juntos. Una vez que termina pensamos que todo será más facíl pero cuando llega el verano y con ello las vacaciones todo puede volver a complicarse.
Si tenemos una serie de cuestiones claras, somos dialogantes y pensamos en el bienestar de los hijos podemos hacer que sea un paso más y dejaremos establecidas las bases para el resto de veranos. Por eso desde aquí queremos mostrarte lo que debes tener en cuenta para organizar las vacaciones de tus hijos después de un divorcio.
El primer paso es antes de firmar la sentencia de divorcio, dejar establecido en el convenio regulador el reparto de las vacaciones de la forma más clara y precisa posible, ya que con ello evitamos que cuando llegue el momento tengamos dudas y disputas.
Otra cosa que debemos tener en cuenta es que las vacaciones de verano no son únicamente julio y agosto, sino que abarcan todo el periodo de vacaciones escolares que es desde el día después del último día lectivo hasta el día anterior al primer día lectivo. Por lo que es importante dejar establecido en el convenio regulador si tomaremos únicamente como vacaciones de verano julio y agosto, o todas las vacaciones escolares.
Normalmente las vacaciones de verano se reparten al 50% y durante ese periodo se suspenden el régimen de visitas o de custodia. Este reparto se puede realizar en dos o más periodos, es importante en función de la edad de los niños para establecerlos. Si son niños pequeños es aconsejable que sean periódos más cortos como pueden ser quincenas alternas.
Para elegir las quincenas o meses se pueden hacer de distintas maneras, por ejemplo estableciendo que un año a un progenitor le toquen los periodos pares y al otro los impares, y al año siguiente los impares. O que un progenitor cada año seleccione los periodos que más le convengan.
Todo debe quedar reflejado en el convenio regulador, distribución de periódos, forma de reparto,… En el caso de elección de periodo deberá comunicarse mínimo 30 días antes y deben establecerse de forma clara y precisa la hora y el lugar del intercambio.
Es importante saber que durante las vacaciones que disfrutan junto a nosotros, nuestros hijos deben disponer de un medio para estar en contanto con el otro progenitor. Además, durante este periodo cada uno decidirá como pasar esos días, ya sea en campamentos, viajar, estar con los abuelos,… y se hará cargo del coste de la misma. Pero es conveniente informar al otro progenitor donde van a estar sus hijos y el medio para comunicarse con ellos.
No debemos olvidar que mientras el periodo vacacional se debe seguir pagando la pensión de alimentos, ya que el calculo para establecerlo es los gasto para el custodio durante todo el año y luego se prorratean durante los doce meses.
Si tenemos todas las cuestiones en cuenta y las detallamos claramente en el convenio regulador, evitaremos dudas y discusiones cuando llege el periodo vacacional de nuestros hijos. Para poder hacer un buen convenio regulador o si tenemos dudas sobre los temas relacionados con las vacaciones de nuestros hijos lo mejor que podemos hacer es ponernos en contacto con un abogado matrimonialísta que nos ayude a gestionarlo. En SOS Divorcios disponemos de un equipo de abogados expertos en divorcios que te ayudarán a establecer un buen convenio regulador que te evite disgustos una vez firmado y te resolverán todas las dudas una vez puesto en marcha.